Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care®
1. Definiciones.
Además de las definiciones que figuran en las «Condiciones Generales del Marketplace Fleequid» (las «Condiciones Generales»), que pueden consultarse en la sección correspondiente (https://fleequid.com/es/términos-y-condiciones), que regulan el marketplace Fleequid y que se consideran aquí íntegramente referidas y transcritas, a efectos de las presentes Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care® («CEFC» o «Condiciones Específicas») se aplican las siguientes definiciones complementarias o especiales:
a) «Comprador»: persona que, al adquirir un Vehículo en el marketplace Fleequid®, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, solicita y obtiene la activación del Servicio Fleequid Care®. El Servicio no está destinado a consumidores en el sentido del Decreto Legislativo italiano 206/2005 (Código del Consumo).
b) «Centro Autorizado»: taller o centro de asistencia designado o previamente autorizado por Fleequid® para realizar las comprobaciones, reparaciones o intervenciones cubiertas por el Servicio Fleequid Care®.
c) «Condiciones Generales» o «CG»: las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, que se complementan con las presentes Condiciones Específicas y a las que estas se remiten para todo lo que no esté expresamente regulado. En caso de conflicto o discrepancia en la interpretación, prevalecerán las presentes Condiciones Específicas, de conformidad con el artículo 3.3 de las CG.
d) «Fleequid Care» o «Servicio Fleequid Care»: garantía comercial y convencional opcional, de naturaleza no aseguradora, por la que Fleequid® (Adorea S.r.l.) asume directamente, a cambio de una tarifa, la obligación de cubrir, dentro de los límites, las condiciones y las exclusiones que se establecen en las presentes Condiciones Específicas y sin perjuicio de lo dispuesto en las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid vigentes, las Averías y Fallos no declarados en el TrustReport relativos a los Componentes Cubiertos a los que se refiere el art. 3.3 de las presentes Condiciones Específicas.
e) «Avería(s)» o «Fallo(s)»: suceso o sucesos repentinos, imprevisibles y no declarados en el TrustReport que provocan la pérdida total o parcial de funcionalidad de los Componentes Cubiertos en virtud del artículo 3.3 de las presentes Condiciones Específicas, haciendo necesaria su reparación o sustitución. No se incluyen en esta definición y, por lo tanto, quedan excluidos de la cobertura prevista en dicho artículo, los vicios, defectos o anomalías ya señalados o declarados en el TrustReport, así como los atribuibles al desgaste normal, mantenimiento insuficiente o irregular, uso indebido, negligencia o incumplimiento de las instrucciones del fabricante, los derivados de manipulaciones, intervenciones no autorizadas o modificaciones no conformes, y los producidos como consecuencia de incidentes o sucesos externos tales como accidentes, choques, incendios, inundaciones, catástrofes naturales u otras causas de fuerza mayor. La calificación de la Avería o el Fallo y su correspondiente admisibilidad para la cobertura se someterán a la evaluación técnica de Fleequid® o del Centro Autorizado, según el procedimiento previsto en los artículos 7 y 8 de las presentes Condiciones Específicas.
f) «Reclamación»: comunicación por escrito enviada por el Comprador a Fleequid® a través de los canales oficiales indicados (claims@fleequid.com o el portal específico), con el objeto de notificar una avería o de solicitar una intervención en el marco de la garantía, así como cualquier contestación posterior relacionada con la gestión o la resolución del expediente.
g) «TrustReport»: documento técnico redactado según los procedimientos del marketplace Fleequid® que resume el estado de uso y las posibles criticidades declaradas o detectadas en el Vehículo antes de la venta. El TrustReport constituye un parámetro de referencia para identificar las Averías o Fallos cubiertos por el Servicio Fleequid Care®, quedando excluidos los que ya se hayan señalado o declarado en el mismo informe.
h) «Vendedor»: sujeto que, a través del marketplace Fleequid®, ha puesto un Vehículo a la venta declarando expresamente, mediante el TrustReport, la ausencia de averías o fallos relacionados con los Componentes Cubiertos en virtud del artículo 3.3 de las presentes Condiciones Específicas, cuya conformidad constituye una condición de admisibilidad para el Servicio Fleequid Care®.
i) «Vehículo»: Vehículo, tal y como se define en las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, para el cual el Comprador ha solicitado y obtenido la activación del Servicio Fleequid Care® y el Vendedor ha realizado la declaración de conformidad prevista en el TrustReport a efectos de admisibilidad para el propio Servicio.
j) «Voucher Fleequid» o «Voucher»: crédito electrónico emitido por Fleequid®, no canjeable por dinero en efectivo, que el Comprador podrá utilizar exclusivamente para compensar las comisiones que deba abonar a Fleequid® al realizar futuras compras o ventas de Vehículos en el marketplace Fleequid®, dentro de los límites y las condiciones establecidos en las presentes Condiciones Específicas y, en particular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.
2. Objeto y naturaleza del Servicio.
2.1 Las presentes Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care® regulan el Servicio Fleequid Care®, tal y como se define en el artículo 1, letra d), ofrecido por Fleequid® a los Compradores que, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, hayan adquirido un Vehículo en el marketplace Fleequid® y soliciten su activación, previo pago de la tarifa correspondiente.
2.2 El Servicio Fleequid Care® constituye una garantía comercial opcional, de naturaleza no aseguradora, a los efectos del artículo 1322 y los artículos 1487 y siguientes del Código Civil italiano, y de conformidad con los mismos. No constituye un producto o contrato de seguro, ni implica la asunción de riesgos aleatorios futuros o indeterminados. El riesgo económico relacionado con la prestación de los servicios de garantía es asumido directamente por Fleequid® (Adorea S.r.l.), que actúa por cuenta propia y no como intermediario o agente de compañías de seguros.
2.3 La garantía se aplica exclusivamente en favor del Comprador. El Servicio es independiente y distinto del contrato de compraventa suscrito entre el Comprador y el Vendedor en el marketplace Fleequid®, y no sustituye ni modifica las responsabilidades legales del Vendedor derivadas de la normativa vigente o de las Condiciones Generales. Fleequid® asume una obligación directa e independiente frente al Comprador únicamente por los servicios establecidos en las presentes Condiciones Específicas, ajena a cualquier relación contractual entre el Comprador y el Vendedor. La transferibilidad del Servicio se rige por el art. 4.5 siguiente, al que se hace referencia íntegramente en el presente documento.
2.4 Solo entrarán dentro del ámbito de aplicación del Servicio los fallos o averías no declarados en el TrustReport, tal y como se define en el art. 1, letra g), y en las demás disposiciones de las presentes Condiciones Específicas. Quedan expresamente excluidas de la cobertura las averías causadas por imprevistos, fuerza mayor, uso indebido, manipulación, negligencia, choques, accidentes, incendios, inundaciones, desgaste normal o falta de mantenimiento del Vehículo, así como por cualquier suceso que se produzca con posterioridad a la entrega y que no sea atribuible a un defecto o vicio preexistente.
2.5 La relación entre las presentes Condiciones Específicas y las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid® se rige por el artículo 3.3 de las Condiciones Generales. El Comprador declara conocer íntegramente las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid® y haberlas aceptado al registrarse y utilizar el marketplace. En caso de conflicto o discrepancia entre ambas, prevalecerán las presentes Condiciones Específicas en lo que se refiere a la regulación del Servicio Fleequid Care®.
3. Componentes Cubiertos y Excluidos.
3.1 El Servicio Fleequid Care® cubre exclusivamente las Averías o Fallos no declarados en el TrustReport del Vehículo adjudicado en el marketplace Fleequid®, limitándose a los componentes principales del motor y la transmisión, en los términos y condiciones establecidos en las presentes Condiciones Específicas.
3.2 A efectos de la cobertura, se consideran no declarados en el TrustReport las averías o fallos que, aunque sean atribuibles a defectos preexistentes a la entrega del Vehículo al Comprador, no fueron señalados, destacados o anotados en el TrustReport elaborado en el momento de la venta. La cobertura se aplica, por lo tanto, a las averías o fallos ocultos o no revelados por el Vendedor, atribuibles a defectos preexistentes del Vehículo, pero que no eran evidentes ni se declararon en el momento de la entrega. En ningún caso quedan cubiertos por la garantía Fleequid Care® los deterioros, vicios o anomalías derivados del desgaste normal, de sucesos posteriores a la entrega o de causas no atribuibles a defectos o vicios preexistentes del Vehículo.
3.3 Componentes Cubiertos:
Motor y transmisión - La cobertura se aplica exclusivamente los componentes mecánicos principales del motor y la transmisión, es decir:
A. para el motor: bloque motor, culata, cigüeñal, pistones, bielas, válvulas, árboles de levas y otras piezas estrictamente funcionales para el funcionamiento del motor;
B. para la transmisión: caja de cambios, engranajes, ejes, cojinetes, diferencial y otras piezas estrictamente funcionales para el funcionamiento de la transmisión manual o automática.
3.4 Componentes Excluidos - Quedan expresamente excluidos de la cobertura, a título indicativo pero no exhaustivo:
A. el sistema de climatización (A/C) completo, con todas sus piezas y componentes, incluyendo el compresor, el condensador, el evaporador, la válvula de expansión, el motor del ventilador interno, las unidades de control, las tuberías, los conductos, los racores y cualquier otro elemento del sistema de A/C;
B. todos los componentes eléctricos, electrónicos, hidráulicos o mecánicos no indicados en los párrafos anteriores;
C. los materiales sometidos a desgaste normal (como, por ejemplo, embragues, correas, filtros, juntas, manguitos, líquidos, lubricantes, aceite de motor, líquido refrigerante, etc.);
D. las baterías de tracción o de arranque, los neumáticos, las llantas, los frenos, la suspensión, la dirección, la carrocería, los cristales, los faros y las luces, los revestimientos interiores, los accesorios o los equipamientos que no sean estrictamente funcionales para los componentes cubiertos;
E. los elementos del sistema de escape, del sistema de tratamiento de emisiones o de los dispositivos antipartículas (válvulas EGR, catalizadores, filtros DPF, sistemas AdBlue, sondas lambda, etc.);
F. cualquier otro elemento, pieza o sistema no incluido expresamente dentro de los Componentes Cubiertos.
3.5 Principio taxativo - El Comprador reconoce y acepta que la cobertura del Servicio Fleequid Care® se aplica exclusivamente a los componentes expresamente enumerados en el apartado 3.3 del presente artículo, dentro de los límites y con las exclusiones establecidas en las presentes Condiciones Específicas, y que todo lo que no esté expresamente incluido se considerará excluido de la garantía convencional proporcionada por Fleequid®.
3.6 Condiciones de aplicabilidad de la cobertura - La cobertura estará sujeta a los límites máximos indicados en el artículo 5 y únicamente será aplicable durante el período de validez del Servicio indicado en el artículo 4. Cualquier intervención deberá ser autorizada previamente por Fleequid®, y solo podrá llevarse a cabo en los Centros Autorizados designados o aprobados por Fleequid®. Cualquier intervención no autorizada previamente o realizada en talleres no reconocidos por Fleequid® supondrá la anulación inmediata de la garantía para el caso en cuestión.
3.7 Causas de exclusión adicionales - Fleequid Care® no cubrirá en ningún caso:
A. las averías o fallos derivados de imprevistos, fuerza mayor o sucesos externos producidos tras la entrega del Vehículo (como accidentes, incendios, inundaciones, heladas, sobrecargas eléctricas o actos de vandalismo);
B. los daños derivados de un uso indebido o negligente, sobrecargas, manipulación, modificaciones técnicas, instalaciones no conformes, falta de mantenimiento o uso contrario a la diligencia profesional normal;
C. los daños indirectos o consecuentes, como la inmovilización del vehículo, la pérdida de ingresos o contratos y los daños a la imagen, tal y como se especifica en el artículo 11.
3.8 Independencia de la garantía - Queda entendido que la presente garantía no perjudica, limita, ni sustituye los recursos contractuales o legales que correspondan al Comprador frente al Vendedor en virtud de las Condiciones Generales o de la normativa aplicable en materia de vicios ocultos. El cumplimiento de las obligaciones asumidas por Fleequid® para con el Comprador no perjudicará ni limitará los derechos y recursos que Fleequid® pueda ejercer contra el Vendedor, incluidos los derivados de declaraciones inexactas, omisiones o incumplimientos de las Condiciones Generales. El Servicio Fleequid Care® es una protección adicional, independiente y opcional destinada a asegurar la exactitud de las declaraciones realizadas por el Vendedor y la fiabilidad del proceso de venta en el marketplace Fleequid®.
4. Entrada en vigor, duración, condiciones de aplicación y tarifas.
4.1 El Servicio Fleequid Care® entrará automáticamente en vigor en la fecha de entrega del Vehículo al Comprador, tal y como consta en los documentos de venta y transporte emitidos por Fleequid®. Esta fecha marca el inicio del período de validez de la garantía.
4.2 El Servicio tiene una duración fija y predeterminada de tres (3) meses a partir de la fecha indicada, sin posibilidad de renovación tácita ni prórroga automática. El Servicio finalizará automáticamente al vencimiento del plazo, sin necesidad de rescisión o comunicación por parte de Fleequid® o del Comprador.
4.3 Fleequid Care® solo podrá activarse para Vehículos que cumplan los siguientes requisitos en el momento de la entrega:
A. que el Vendedor haya declarado en el TrustReport que no existen averías o anomalías conocidas relacionadas con el motor o la transmisión;
B. que el Vehículo haya sido entregado en condiciones conformes a la declaración del Vendedor y no presentara, en el momento de la entrega, defectos o daños evidentes que lo inhabilitaran para la circulación o lo excluyeran de la cobertura;
C. que el Comprador haya efectuado el pago íntegro de la tarifa del Servicio a través de los canales oficiales del marketplace Fleequid® antes de la entrega del Vehículo.
4.4 La declaración del Vendedor contenida en el TrustReport constituye el requisito previo esencial para la prestación del Servicio y la asunción directa del riesgo económico por parte de Fleequid®. En cualquier caso, Fleequid® no se hace responsable de las averías o fallos derivados de información o declaraciones inexactas del Vendedor si el Comprador no ha solicitado aún la activación del Servicio o ha proporcionado a Fleequid® datos incompletos o falsos en el momento de la activación.
4.5 El Servicio es estrictamente personal e intransferible. En caso de posterior venta, cesión o traspaso del Vehículo a un tercero, la cobertura quedará automáticamente anulada, sin derecho a reembolso o indemnización. La posible cesión del Servicio a favor del nuevo propietario solo se permitirá previa autorización por escrito de Fleequid®, y estará sujeta al pago de una tarifa administrativa determinada por Fleequid®.
4.6 La tarifa de activación del Servicio Fleequid Care® es de cuatrocientos noventa y cinco euros (495,00 €) más IVA, y deberá abonarse en un único pago antes de la entrega del Vehículo. El pago de la tarifa constituye una condición esencial para la prestación del Servicio.
4.7 La no utilización, la suspensión o el cese anticipado del Servicio no darán derecho en ningún caso a reembolso, reducción del precio o prolongación de la duración, salvo que Fleequid® disponga lo contrario por escrito por razones técnicas u operativas justificadas.
4.8 La duración y la tarifa del Servicio Fleequid Care® no son susceptibles de modificaciones o ajustes posteriores, salvo en el marco de las posibles revisiones de las presentes Condiciones Específicas realizadas por Fleequid® en virtud del artículo 14.
5. Límites máximos y modalidades de indemnización.
5.1 El Servicio Fleequid Care® prevé, para cada Vehículo cubierto, un límite máximo total de diez mil euros (10.000,00 €) más IVA, referido a toda la duración del Servicio y no acumulable a otros servicios o garantías que pudieran activarse sobre el mismo Vehículo. Este importe representa el límite máximo de la exposición económica de Fleequid® para todas las prestaciones, intervenciones, reparaciones e indemnizaciones relacionadas con las averías cubiertas por las presentes Condiciones Específicas.
5.2 Teniendo en cuenta dicho límite máximo, Fleequid® determinará la indemnización a conceder al Comprador sobre la base de la evaluación técnica y administrativa de los costes de reparación y las modalidades de intervención autorizados. La liquidación correspondiente podrá incluir una parte en efectivo, que se abonará directamente al Centro Autorizado, y una parte en forma de Voucher Fleequid®, que solo podrá utilizarse para compensar las Comisiones que el Comprador deba abonar a Fleequid® al realizar futuras compras o ventas de Vehículos en el marketplace, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.3 siguiente. Fleequid® determinará a su discreción cómo se repartirán los dos componentes de la indemnización, en función del tipo de intervención y de los resultados de la investigación, quedando entendido que el valor del Voucher no podrá en ningún caso ser inferior al treinta por ciento (30 %) de la indemnización establecida por Fleequid®. El Comprador reconoce, acepta y autoriza expresamente esta modalidad de determinación y reparto de la indemnización, considerando que con ello Fleequid® cumple plenamente sus obligaciones contractuales en lo que respecta al ejercicio del poder discrecional técnico-administrativo que le corresponde. Al aprobar las presentes Condiciones Específicas, el Comprador renuncia a cualquier reclamación, solicitud de reembolso o compensación que no sea la prevista en el presente artículo.
5.3 El Voucher Fleequid® no es canjeable por dinero en efectivo, no es transferible a terceros, no genera intereses y no puede utilizarse fuera de la plataforma del marketplace Fleequid®. Podrá utilizarse, en una o varias operaciones, exclusivamente para compensar las Comisiones devengadas a cargo del Comprador en un plazo de veinticuatro (24) meses a partir de la fecha de emisión. Si no se utiliza en dicho plazo, el Voucher caducará automáticamente, sin necesidad de notificación o reembolso por parte de Fleequid®.
5.4 El límite máximo se considera global y referido a todas las prestaciones realizadas durante el período de validez del Servicio, independientemente del número o del tipo de Averías que se hayan producido. En caso de múltiples Averías o intervenciones, Fleequid® podrá imputar progresivamente los importes reconocidos en concepto de cobertura hasta agotar el límite máximo; una vez alcanzado este límite, el Servicio se considerará automáticamente finalizado, sin obligación de realizar prestaciones adicionales.
5.5 Fleequid® se reserva el derecho de limitar la cobertura indicada en el art. 5.1 al valor residual de mercado del Vehículo en el momento de la Avería, si dicho valor es inferior al límite máximo previsto. La indemnización total no podrá exceder en ningún caso el valor comercial del Vehículo en la fecha de la avería, según las cotizaciones del mercado u otra fuente de referencia reconocida por Fleequid®.
5.6 En caso de que, para la reparación o sustitución de un Componente Cubierto, fuera necesario intervenir también en Componentes Excluidos o no cubiertos, los costes correspondientes correrán íntegramente a cargo del Comprador. En tales casos, Fleequid® podrá abonar el importe que le corresponda directamente al Centro Autorizado, y el Comprador deberá abonar al mismo Centro la cuota restante.
5.7 El pago de la cuota en efectivo, una vez deducida la parte reconocida en forma de Voucher, será efectuado por Fleequid® en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la resolución favorable de la investigación y de la verificación de los gastos incurridos, previa entrega a Fleequid® de la documentación original solicitada (factura del Centro Autorizado, informe técnico, justificante de pago del importe a cargo del Comprador y cualquier otro documento útil). El pago será efectuado por Fleequid® directamente al Centro Autorizado mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por este último. Solo en casos excepcionales y previamente autorizados por escrito por Fleequid®, la parte en efectivo a cargo de Fleequid® podrá ser abonada al Comprador de la misma forma y con las mismas condiciones.
5.8 Cualquier diferencia entre el presupuesto aprobado y el coste real de la intervención solo podrá ser reembolsada, sin exceder el límite máximo y, en cualquier caso, de la forma prevista en el art. 5.2, con la aprobación previa por escrito de Fleequid®. Cualquier cantidad pagada por el Comprador que exceda el importe reconocido por Fleequid® no podrá ser objeto de reembolso o compensación, salvo que Fleequid® determine lo contrario por escrito.
5.9 El Comprador acepta y reconoce que la distribución entre la cobertura directa y el Voucher Fleequid® constituye un elemento esencial del Servicio Fleequid Care®, y que la emisión del Voucher integra a todos los efectos la prestación contractual de Fleequid® en virtud del artículo 1176, apartado 2, del Código Civil italiano. La emisión del Voucher equivale al pago íntegro y definitivo de la parte correspondiente de la indemnización.
5.10 El Comprador reconoce y acepta que el Centro Autorizado, de conformidad con el artículo 2756 del Código Civil italiano o cualquier disposición equivalente de las leyes locales aplicables, podrá ejercer su derecho de retención sobre el Vehículo hasta que reciba el pago íntegro de los importes que le correspondan, independientemente de si deben ser abonados por Fleequid® o por el Comprador. En tales casos, Fleequid® no se hará responsable de los posibles retrasos en la devolución del Vehículo derivados del ejercicio legítimo de este derecho, salvo en caso de dolo o negligencia grave. El Comprador exime a Fleequid® de toda responsabilidad por cualquier reclamación o solicitud de indemnización derivada de dichos retrasos o relacionada con los mismos, sin perjuicio de los derechos que correspondan a Fleequid® frente al Centro Autorizado.
6. Obligaciones del Comprador y condiciones de aplicación.
6.1 La prestación del Servicio Fleequid Care® queda supeditada al cumplimiento íntegro y correcto por parte del Comprador de las obligaciones derivadas del presente artículo y, en general, al cumplimiento de las Condiciones Generales y de las presentes Condiciones Específicas. El incumplimiento, aunque sea de una sola de las obligaciones aquí previstas, supondrá la pérdida total o parcial del derecho a la cobertura, con la consiguiente anulación del Servicio para el supuesto de incumplimiento.
6.2 El Comprador está obligado a utilizar el Vehículo con la diligencia profesional propia de su actividad y a mantenerlo en condiciones de eficiencia y seguridad, realizando el mantenimiento ordinario y extraordinario de acuerdo con las indicaciones del fabricante, utilizando piezas de recambio conformes y en talleres cualificados. La documentación que acredite el mantenimiento (facturas, libros de mantenimiento, recibos, etc.) deberá conservarse durante toda la duración del Servicio y ponerse a disposición de Fleequid® previa simple solicitud.
6.3 En el momento de la entrega del Vehículo, el Comprador verificará la correspondencia entre el estado real del Vehículo y lo declarado en el TrustReport, señalando lo antes posible cualquier discrepancia detectada. La falta o el retraso en la notificación de discrepancias inmediatamente perceptibles dará lugar a la exclusión de la cobertura de las averías o defectos correspondientes.
6.4 En caso de anomalías de funcionamiento, encendido de testigos de alarma, ruidos anormales u otras señales que pudieran sugerir la existencia de una avería o fallo en los Componentes Cubiertos indicados en el art. 3.3 anterior, el Comprador estará obligado a:
· dejar de utilizar el vehículo inmediatamente, con el fin de evitar que el daño se agrave;
· notificar sin demora el incidente a Fleequid®, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 7 (Notificación de la avería y apertura de la reclamación);
· poner el Vehículo a disposición de un Centro Autorizado o de otro centro indicado para realizar las verificaciones técnicas o diagnósticas que Fleequid® considere necesarias.
6.5 Se prohíbe expresamente al Comprador realizar, o encargar que se realicen, reparaciones, desmontajes, intervenciones o inspecciones técnicas en los Componentes Cubiertos sin la autorización previa por escrito de Fleequid®. Cualquier intervención no autorizada previamente supondrá la pérdida automática de la cobertura para la avería en cuestión, y la totalidad del coste económico correrá a cargo del Comprador.
6.6 El Comprador está obligado a colaborar de buena fe con Fleequid® durante toda la gestión de la Reclamación o Avería, facilitando sin demora cualquier información, documento o fotografía que Fleequid® solicite para la investigación. La negativa o falta de colaboración, incluida la no facilitación del Vehículo para las verificaciones técnicas, supondrá la suspensión o pérdida del derecho a la indemnización.
6.7 El Comprador se compromete a no obstaculizar ni retrasar las verificaciones técnicas de Fleequid®, ni a solicitar intervenciones directas sobre los Componentes Excluidos que puedan afectar al diagnóstico de los Componentes Cubiertos. En caso de falta de cooperación o de conducta destinada a eludir o falsificar el procedimiento de Reclamación (como declaraciones falsas, alteración de documentos u ocultación de pruebas), el Comprador perderá inmediatamente todo derecho a la cobertura, y Fleequid® se reserva el derecho de emprender acciones para obtener una indemnización por daños y perjuicios adicionales.
6.8 Durante el período de validez del Servicio, el Comprador se compromete a no alterar, manipular o inutilizar los sistemas de diagnóstico electrónico o los dispositivos de registro de datos de a bordo (OBD, ECU, sistemas telemáticos, cuentakilómetros). Cualquier alteración, manipulación o discrepancia documental comprobada supondrá la pérdida inmediata de la garantía.
6.9 La cobertura del Servicio Fleequid Care® quedará suspendida y sin efecto durante todo el período en el que el Comprador incumpla las condiciones de pago, las prescripciones técnicas o las obligaciones establecidas en el presente artículo. La suspensión quedará automáticamente levantada solo tras el cumplimiento íntegro de las obligaciones omitidas, sin efecto retroactivo.
6.10 Queda entendido que la responsabilidad de Fleequid® se limita a la prestación de la cobertura en los términos y límites establecidos en las presentes Condiciones Específicas. La conducta del Comprador no podrá dar lugar en ningún caso a la ampliación del límite máximo o al establecimiento de obligaciones adicionales a cargo de Fleequid®.
7. Notificación de la Avería y apertura de la Reclamación.
7.1 El Comprador deberá notificar a Fleequid® cualquier avería o fallo de los Componentes Cubiertos por el Servicio Fleequid Care®, bajo pena de prescripción, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde que se haya producido o desde la fecha en que haya tenido conocimiento de ello, utilizando exclusivamente los canales de comunicación oficiales indicados en el presente artículo. Este plazo se refiere únicamente a la notificación del suceso a Fleequid®.
7.2 La notificación deberá enviarse por correo electrónico a la dirección específica claims@fleequid.com, o a través de la sección correspondiente del portal del marketplace Fleequid®, si procede, siguiendo el procedimiento guiado para la apertura de la Reclamación. Las comunicaciones enviadas a través de otros canales (por ejemplo, teléfono, mensajería, correo ordinario o direcciones de correo electrónico no autorizadas) no se considerarán válidas a efectos de la garantía, aunque Fleequid® las haya recibido.
7.3 La notificación de la Avería deberá contener, como mínimo, los siguientes elementos: datos identificativos del Comprador y del Vehículo (matrícula, chasis/VIN, kilometraje, fecha de entrega), una descripción resumida de la anomalía detectada indicando la fecha y las circunstancias en que se haya producido, documentación fotográfica o videográfica cuando se disponga de ella y cualquier otro elemento útil para la evaluación preliminar, así como, cuando sea posible, la documentación acreditativa del mantenimiento ordinario o de las últimas reparaciones realizadas.
7.4 Una vez recibida la notificación, Fleequid® procederá a la apertura del expediente de Reclamación y asignará al caso un número de referencia, que comunicará al Comprador. Cualquier solicitud de documentación adicional suspenderá los plazos de la investigación hasta que se reciba la información que falte, sin que ello afecte a la duración del Servicio.
7.5 Si la notificación se recibe después del plazo especificado en el art. 7.1, o si el retraso ha provocado que el daño se agrave o ha hecho imposible determinar las causas, Fleequid® podrá rechazar la solicitud, a menos que el Comprador demuestre que el retraso no le es imputable.
7.6 La presentación de la notificación no constituye en sí misma el reconocimiento del derecho a la cobertura. La confirmación de la operatividad del Servicio y la posterior gestión de la Avería se realizarán de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 8 siguiente.
8. Gestión de la Avería y reparaciones.
8.1 Una vez recibida la notificación conforme al artículo 7, Fleequid® abrirá el expediente de Reclamación y notificará su apertura al Comprador, indicando el número de identificación del caso y el Centro Autorizado al que deberá llevar el Vehículo para su diagnóstico y potencial reparación. La indicación del Centro Autorizado es vinculante a efectos de la validez de la cobertura, salvo que Fleequid® autorice lo contrario por escrito.
8.2 El Comprador deberá poner el Vehículo a disposición del Centro Autorizado en un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de Fleequid®, salvo que existan impedimentos organizativos o logísticos justificados, que deberán comunicarse lo antes posible. Este plazo es distinto e independiente del plazo previsto en el artículo 7 para la notificación de la Avería. En caso de retraso injustificado o de falta de entrega, Fleequid® se reserva el derecho de suspender la investigación y de declarar la anulación de la cobertura para el suceso notificado si la indisponibilidad se prolonga más allá del plazo adicional de treinta (30) días.
8.3 Una vez recibido el Vehículo, el Centro Autorizado realizará un diagnóstico técnico y enviará a Fleequid® un presupuesto de reparación detallado, especificando las piezas afectadas, la presunta causa de la Avería, los costes estimados de materiales y mano de obra y la posible repercusión sobre alguno de los Componentes Excluidos. Fleequid® evaluará el presupuesto en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de su recepción y notificará por escrito su decisión al Comprador, indicando los importes y las operaciones cubiertas. El Comprador deberá, en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la notificación, confirmar por escrito la aceptación del presupuesto, limitándose a la parte del coste que le corresponde; a falta de respuesta en el plazo mencionado, o en caso de retraso, se considerará que la aceptación ha sido tácitamente concedida, y la reparación podrá realizarse sin exceder los límites aprobados por Fleequid®.
8.4 La autorización de Fleequid® determina su compromiso económico directo dentro de los límites establecidos en el artículo 5. Se considera que la cobertura solo se aplica a los importes y operaciones expresamente aprobados. Cualquier modificación del presupuesto inicial deberá ser objeto de una nueva aprobación por escrito por parte de Fleequid®.
8.5 El pago de la cuota cubierta por Fleequid® (correspondiente a la cuota reconocida por Fleequid®, neta del valor del Voucher y dentro de los límites del importe máximo) se efectuará directamente al Centro Autorizado, que emitirá una factura a nombre de Fleequid - Adorea S.r.l. por la parte correspondiente. La cuota restante no cubierta por Fleequid®, determinada como la diferencia entre el coste total de la intervención y el importe en efectivo reconocido por Fleequid® con arreglo al límite máximo, así como del valor del Voucher establecido por Fleequid® de conformidad con el artículo 5, correrá a cargo del Comprador, que deberá abonarla directamente al Centro Autorizado según las modalidades indicadas por este último o, en cualquier caso, comunicadas por Fleequid®. Si, por razones operativas o contables, Fleequid® también anticipa al Centro Autorizado los importes que corresponden al Comprador, incluidos los del valor del Voucher, el Comprador estará obligado a reembolsar inmediatamente a Fleequid® las cantidades anticipadas. El Voucher Fleequid® mencionado en el artículo 5 representa un beneficio contractual independiente, que solo puede utilizarse para compensar las Comisiones que se deban abonar a Fleequid® por futuras compras o ventas de Vehículos, y no constituye un medio de pago válido para el Centro Autorizado. En caso de que el coste total de la intervención supere el límite máximo disponible, la diferencia correrá íntegramente a cargo del Comprador.
8.6 Si, por razones técnicas o logísticas, Fleequid® autoriza al Comprador a realizar la reparación en un taller diferente, el reembolso se efectuará a posteriori, en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la presentación de la documentación original (factura, informe técnico, justificante de pago), previa verificación del cumplimiento de las presentes Condiciones Específicas.
8.7 Todas las piezas de recambio utilizadas deben ser originales o equivalentes; Fleequid® se reserva el derecho de suministrar directamente los componentes necesarios o de indicar proveedores concertados. Quedan excluidas las mejoras técnicas, actualizaciones o modificaciones del Vehículo que no sean estrictamente necesarias para la reparación de los Componentes Cubiertos.
8.8 Los componentes sustituidos seguirán siendo propiedad de Fleequid®, que podrá disponer libremente de ellos con fines de inspección técnica, reacondicionamiento o eliminación. El Centro Autorizado, o el Comprador en el caso de reparaciones expresamente autorizadas por Fleequid®, se compromete a conservarlos durante al menos treinta (30) días a partir del cierre del expediente, salvo que se disponga lo contrario.
8.9 La realización de la intervención por parte del Centro Autorizado constituye el cumplimiento de la obligación de Fleequid®; el Comprador no podrá presentar ninguna reclamación adicional por inmovilización del Vehículo, pérdida de ingresos, gastos de transporte, alojamiento u otros gastos accesorios, quedando dichos conceptos expresamente excluidos de la cobertura. El Comprador reconoce y acepta que Fleequid® no asume ninguna responsabilidad en relación con la correcta ejecución técnica de las intervenciones realizadas por los Centros Autorizados, que operan con total autonomía profesional y organizativa. Cualquier controversia sobre la calidad o idoneidad de las reparaciones, las piezas de recambio utilizadas o los plazos de ejecución se remitirá a la relación directa entre el Comprador y el Centro Autorizado. El Comprador exime a Fleequid® de toda responsabilidad por cualquier reclamación o solicitud de indemnización relacionada con las acciones del Centro Autorizado o derivada de las mismas, salvo en caso de dolo o negligencia grave imputable a Fleequid®.
8.10 Al finalizar la intervención, el Centro Autorizado deberá entregar al Comprador y a Fleequid® la ficha de cierre del expediente, en la que figurarán los trabajos realizados y las piezas sustituidas. El expediente se considerará definitivamente cerrado en el momento de la confirmación por escrito de Fleequid®, mediante la que se comunica la concesión de la prestación contractual y, en su caso, la emisión del Voucher correspondiente.
9. Exclusiones.
9.1 El Servicio Fleequid Care® opera exclusivamente dentro de los límites de lo establecido en los artículos 2, 3 y 5 y no cubre, en ningún caso, sucesos, componentes o circunstancias distintos o adicionales a los expresamente indicados como cubiertos. Todo lo que no esté explícitamente incluido en las presentes Condiciones Específicas se considerará excluido de la cobertura.
9.2 En particular, quedan excluidos de la cobertura las Averías o los Fallos que se deriven, incluso indirectamente, de una o varias de las siguientes causas:
a) Averías preexistentes o evidentes en el momento de la entrega del Vehículo, ya detectadas o declaradas en el TrustReport o, en cualquier caso, conocidas por el Comprador o el Vendedor;
b) Desgaste normal de los componentes, consumo natural de los materiales o piezas sometidas a un deterioro normal debido al tiempo, al kilometraje o al uso;
c) Deficiencias de mantenimiento, mantenimiento realizado de forma no conforme con las indicaciones del fabricante u omisión de las revisiones periódicas previstas;
d) Uso indebido del Vehículo, sobrecarga, conducción negligente o uso distinto del uso profesional habitual;
e) Intervenciones o modificaciones no autorizadas, manipulaciones, alteraciones mecánicas o electrónicas, tuneado o instalación de componentes no originales o no conformes;
f) Intervenciones no autorizadas previamente por Fleequid®, incluyendo desmontajes, reparaciones o diagnósticos realizados antes de la autorización por escrito de Fleequid®;
g) Imprevistos o casos de fuerza mayor, incluidos los sucesos naturales o externos que se produzcan después de la entrega del Vehículo (accidentes, incendios, inundaciones, granizo, heladas, sobrecargas eléctricas, actos vandálicos o dolosos);
h) Defectos o Averías derivados de errores de diseño o fabricación del fabricante, retirados o cubiertos por garantías legales o campañas oficiales de retirada;
i) Averías eléctricas, electrónicas o informáticas no relacionadas directamente con los componentes del motor o la transmisión, así como Averías relacionadas con componentes no cubiertos en virtud del art. 3.4 (Componentes Excluidos), tales como, a título indicativo pero no exhaustivo; componentes eléctricos o hidráulicos distintos a los especificados, materiales sometidos a desgaste normal, baterías de tracción o de arranque, neumáticos, frenos, suspensión, dirección, carrocería, lunas, faros y luces, revestimientos interiores, accesorios, elementos del sistema de escape, sistemas de tratamiento de emisiones o dispositivos antipartículas, sistema de climatización (A/C) con todos sus componentes, y cualquier otro elemento, pieza o sistema no incluido expresamente entre los Componentes Cubiertos;
j) Incumplimiento de los procedimientos de notificación y gestión de la Avería establecidos en los artículos 7 y 8, o negativa del Comprador a colaborar en las verificaciones técnicas solicitadas por Fleequid®;
k) Conductas fraudulentas, declaraciones falsas o falsificación de documentos por parte del Comprador o de terceros designados por él;
l) Participación del Vehículo en competiciones, pruebas en pista, demostraciones o usos experimentales no autorizados previamente por escrito por Fleequid®.
9.3 La cobertura no se extiende a piezas o sistemas que no pertenezcan a los Componentes Cubiertos (art. 3.3), ni a los daños derivados del funcionamiento defectuoso de dichos componentes que hayan podido afectar a otros elementos del Vehículo. En tales casos, Fleequid® solo será responsable de la reparación o sustitución del componente cubierto directamente afectado por la Avería original, sin exceder el límite máximo establecido en el artículo 5.
9.4 Queda expresamente excluida cualquier cobertura por daños que se produzcan una vez haya expirado el período de validez del Servicio, aunque se refieran a Averías o defectos producidos en una fecha anterior pero que aún no se habían manifestado en el momento de la extinción de la garantía.
9.5 En cualquier caso, la cobertura no se extiende a los costes relacionados con actividades de diagnóstico, peritajes, desmontajes o inspecciones no autorizadas previamente por Fleequid®, salvo que Fleequid® las solicite o las disponga expresamente en el marco de la gestión de la Reclamación.
10. Ámbito territorial.
10.1 El Servicio Fleequid Care® es válido y efectivo para los Vehículos utilizados, conducidos y reparados en cualquier país, salvo limitación expresa notificada por Fleequid® a través de la documentación precontractual o contractual de activación del Servicio. La garantía solo será aplicable a Averías que se produzcan en territorios para los que no existan limitaciones comunicadas por Fleequid®.
10.2 Cualquier intervención cubierta por el Servicio deberá llevarse a cabo en los Centros Autorizados designados o aprobados previamente por Fleequid®. Cualquier intervención realizada fuera de la red de Centros Autorizados supondrá la pérdida del derecho a la cobertura, salvo autorización previa y específica por escrito de Fleequid®, incluso si la intervención se realiza en países para los que el Servicio es, en principio, válido.
10.3 En caso de que el Vehículo sea transferido, conducido o utilizado en países para los que Fleequid® haya establecido limitaciones específicas, la cobertura quedará suspendida durante el tiempo de permanencia del Vehículo en dichos países, y se reanudará automáticamente cuando el Vehículo regrese a un territorio que no esté sujeto a limitaciones.
10.4 Fleequid® no se hace responsable de los retrasos o las dificultades organizativas relacionados con la ejecución de las reparaciones debidos a la falta de disponibilidad de Centros Autorizados en el lugar donde se encuentre el Vehículo, ni de los gastos de remolque, transporte o repatriación del Vehículo desde el lugar de la Avería hasta el Centro Autorizado más cercano, salvo que dichos servicios estén expresamente autorizados por escrito por Fleequid®.
10.5 Queda entendido que la validez territorial del Servicio Fleequid Care® no modifica ni amplía la duración del Servicio, ni conlleva obligación alguna de prestar asistencia internacional continuada por parte de Fleequid®, que sigue estando únicamente obligada a realizar las prestaciones establecidas en las presentes Condiciones Específicas.
11. Limitaciones de la responsabilidad.
11.1 La responsabilidad de Fleequid® en relación con el Servicio Fleequid Care® se limita estrictamente a las prestaciones e importes previstos en las presentes Condiciones Específicas. En ningún caso, la exposición económica total de Fleequid® podrá exceder los límites establecidos en el artículo 5, ni superar el valor comercial del Vehículo en el momento de la Avería.
11.2 El Comprador reconoce que el Servicio Fleequid Care® constituye una garantía comercial opcional, de naturaleza no aseguradora, cuyo objeto es cubrir únicamente las Averías y Fallos preexistentes no declarados en el TrustReport, y que, por lo tanto, no existe obligación alguna por parte de Fleequid® de indemnizar al Comprador por otros sucesos distintos a los expresamente indicados en las presentes Condiciones. Queda excluida cualquier interpretación extensiva o analógica de la cobertura.
11.3 En cualquier caso, quedan excluidos de la responsabilidad de Fleequid®:
· los daños indirectos o consecuentes, incluidos, entre otros, la pérdida de ingresos, el lucro cesante, los daños a la imagen o la pérdida de clientela, las penalizaciones contractuales, la falta de disponibilidad del Vehículo o los costes de sustitución temporal;
· los gastos de remolque, estacionamiento, transporte o desplazamiento del personal, salvo autorización expresa por escrito de Fleequid®;
· los daños materiales o corporales causados a terceros como consecuencia de la Avería o la inmovilización del Vehículo;
· cualquier otro perjuicio que no pueda ser directa, inmediata y justificadamente atribuible a la reparación o sustitución de un componente cubierto por las presentes Condiciones Específicas.
11.4 La responsabilidad de Fleequid® quedará excluida si el Comprador no ha cumplido con las obligaciones establecidas en los artículos 6, 7 y 8 o si ha realizado, encargado que se realicen o permitido intervenciones no autorizadas previamente. Queda igualmente excluida en todos los casos de fraude, falsificación de documentos, declaraciones falsas, alteración del kilometraje o uso del Vehículo para fines distintos de los normales o profesionales.
11.5 Fleequid® no se hace responsable de los retrasos, omisiones o imposibilidad de ejecución de las prestaciones que se deban a causas a fuerza mayor, falta de disponibilidad de componentes o piezas de recambio, interrupciones de la cadena de suministro, huelgas, suspensiones de servicio, medidas de las autoridades u otros acontecimientos ajenos a su voluntad, sin perjuicio de los derechos del Comprador previstos en el artículo 13 de las presentes Condiciones.
11.6 La garantía y las obligaciones de Fleequid® se considerarán plenamente cumplidas mediante:
· la autorización y el pago de las reparaciones en el Centro Autorizado, sin exceder el límite máximo; y/o
· la emisión y entrega del Voucher Fleequid®, por la parte de la indemnización reconocida en dicha forma.
La emisión del Voucher equivale al cumplimiento íntegro y definitivo de la obligación de Fleequid® por la parte correspondiente de la indemnización.
11.7 Queda entendido que el Servicio Fleequid Care® no limita, perjudica, ni sustituye los posibles derechos del Comprador frente al Vendedor derivados de las Condiciones Generales o de la normativa en materia de vicios ocultos. La activación del Servicio no implica la renuncia o transacción de dichos derechos, sino que constituye una protección independiente y voluntaria frente a Fleequid® dentro de los límites previstos en el presente documento.
12. Reclamaciones y resolución de controversias.
12.1 Cualquier queja, Reclamación o impugnación relativa a la ejecución del Servicio Fleequid Care® deberá ser presentada por el Comprador exclusivamente por escrito, enviando la comunicación correspondiente a la dirección de correo electrónico claims@fleequid.com.
Las comunicaciones enviadas a través de otros canales no se considerarán válidas a efectos del procedimiento de gestión de Reclamaciones.
12.2 La Reclamación debe incluir el número de identificación del expediente, una descripción de los hechos objeto de la reclamación y cualquier documento útil para la evaluación de la misma. Fleequid® examinará la Reclamación en un plazo de treinta (30) días a partir de su recepción e informará al Comprador del resultado de las verificaciones, indicando las medidas adoptadas o los motivos del rechazo.
12.3 Si el Comprador no considera satisfactoria la respuesta de Fleequid®, podrá iniciar un procedimiento de mediación de conformidad con el Decreto Legislativo italiano n.º 28, de 4 de marzo de 2010, ante el Organismo de Mediación de la Cámara de Comercio, Industria, Artesanía y Agricultura de Como-Lecco, que las partes declaran aceptar como competente desde este momento. La participación en la mediación constituye un requisito de procedibilidad para cualquier acción judicial o arbitral posterior.
12.4 Si el procedimiento de mediación no concluye con un acuerdo amistoso en un plazo de noventa (90) días desde su inicio, o si una de las partes no participa en él, cualquier controversia derivada de la interpretación, ejecución, validez o extinción de las presentes Condiciones Específicas y, de forma más general, del Servicio Fleequid Care®, se resolverá mediante arbitraje ordinario, en los términos previstos por la ley, por un colegio arbitral compuesto por un árbitro único, designado de conformidad con el Reglamento de la Cámara Arbitral de Milán, que las partes declaran aceptar íntegramente desde este momento.
12.5 La sede del arbitraje es Milán, el idioma del procedimiento es el italiano y la legislación aplicable es la italiana. El laudo arbitral será definitivo y vinculante para las partes, con renuncia expresa a cualquier recurso que no se encuentre entre los previstos en el artículo 829, apartado 3, del Código de Procedimiento Civil italiano.
12.6 Todo ello sin perjuicio del derecho de cada parte de recurrir, con carácter urgente, a la autoridad judicial ordinaria para la adopción de medidas cautelares o conservatorias, incluso antes o durante el procedimiento arbitral, de conformidad con el artículo 669-quinquies del Código de Procedimiento Civil italiano. Para cualquier controversia no sujeta a arbitraje o relativa a la ejecución de medidas arbitrales, el Tribunal de Como será el único foro competente.
13. Causas de fuerza mayor.
13.1 Ninguna de las partes del contrato será considerada responsable por el incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones si dicho incumplimiento se deriva de una causa de fuerza mayor, entendiendo por tal todo acontecimiento imprevisible, inevitable y ajeno a la voluntad de la parte obligada que impida de manera objetiva y temporal la ejecución de las prestaciones debidas. Esta exención también se aplica a las prestaciones encomendadas a los Centros Autorizados si la ejecución de las intervenciones se ve impedida o gravemente obstaculizada por acontecimientos de fuerza mayor que afecten directamente a dichos Centros, sin que ello sea imputable a Fleequid®.
13.2 A título indicativo, pero no exhaustivo, se consideran casos de fuerza mayor los siguientes: guerras, disturbios, actos terroristas, revueltas populares, catástrofes naturales, incendios, inundaciones, terremotos, epidemias o pandemias, huelgas generales o gremiales, bloqueos del transporte, medidas u órdenes de las autoridades públicas, interrupciones prolongadas de servicios públicos esenciales, indisponibilidad generalizada de materiales o componentes, averías extendidas de las redes informáticas, ataques informáticos o ciberataques, apagones energéticos o cualquier otra causa de igual gravedad, incluidos los acontecimientos que hagan que el Centro Autorizado encargado de la intervención no esté disponible u operativo.
13.3 La parte que no pueda cumplir sus obligaciones por causas de fuerza mayor deberá notificárselo inmediatamente por escrito a la otra parte, indicando la naturaleza del incidente, su duración probable y las consecuencias para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. La ejecución de las prestaciones quedará suspendida mientras dure la causa de fuerza mayor y se reanudará automáticamente en cuanto las condiciones lo permitan.
13.4 Si la suspensión por causa de fuerza mayor se prolonga durante un período superior a treinta (30) días consecutivos, cada parte tendrá derecho a rescindir el contrato mediante notificación por escrito a la otra parte, sin que ello genere derecho a indemnización o compensación alguna, y sin perjuicio de la obligación de ejecutar las prestaciones exigibles hasta la fecha de la rescisión.
13.5 Queda entendido que la existencia de un caso de fuerza mayor no exime al Comprador de la obligación de pagar el precio del Servicio Fleequid Care®, ni suspende el período de validez del Servicio establecido en el artículo 4. Del mismo modo, los posibles retrasos en la reparación debidos a causas de fuerza mayor que afecten al Centro Autorizado no comportarán una prórroga de la duración del Servicio ni responsabilidad alguna por parte de Fleequid®.
14. Modificaciones unilaterales.
14.1 Fleequid® se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las presentes Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care® siempre que sea necesario para adaptarlas a nuevas necesidades técnicas, organizativas, normativas o de seguridad, o para garantizar un mejor funcionamiento del Servicio o una mayor protección de los usuarios del marketplace. Las modificaciones se comunicarán al Comprador mediante la publicación de la nueva versión de las Condiciones Específicas en la página web oficial www.fleequid.com y surtirán efecto a partir del momento de su publicación, salvo que Fleequid® indique expresamente otra fecha de entrada en vigor.
14.2 Las modificaciones no afectarán a los Servicios ya activados y en curso, que seguirán rigiéndose por la versión de las Condiciones Específicas vigente en el momento de la activación, salvo que las modificaciones vengan impuestas por disposiciones legales o medidas de las autoridades competentes, en cuyo caso surtirán efecto inmediato.
14.3 Para todo lo no previsto expresamente en el presente artículo, se aplicará el artículo 3 de las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, relativo a las modificaciones unilaterales de las condiciones contractuales, que se considera aquí íntegramente referido y transcrito.
15. Comunicaciones.
15.1 Salvo que se disponga lo contrario en las presentes Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care® y, en particular, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 7 (Notificación de la Avería y apertura de la Reclamación) y 12 (Reclamaciones), todas las comunicaciones entre Fleequid® y el Comprador deberán realizarse por escrito y enviarse por correo certificado con acuse de recibo, servicio de mensajería urgente o correo electrónico a las siguientes direcciones oficiales de Fleequid®:
Adorea S.r.l.
Via Provinciale per Bizzarone, 43
22077 Olgiate Comasco (CO),
CIF y n.º de IVA 04114790134
Tel. +390287176063
correo electrónico info@fleequid.com
15.2 Las comunicaciones se considerarán válidas y vinculantes en el momento de la entrega si se envían por correo certificado con acuse de recibo, en el momento de la entrega al transportista si se envían por servicio de mensajería urgente, o en el momento del acuse de recibo si se envían por correo electrónico a Fleequid.
15.3 Las comunicaciones de Fleequid® serán remitidas a las direcciones, incluidas las direcciones de correo electrónico ordinario, indicadas por el Comprador durante el registro en el marketplace Fleequid® o actualizadas posteriormente, y se considerarán conocidas y recibidas por el destinatario en el momento del envío por parte de Fleequid®.
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De conformidad y a los efectos de los artículos 1341 y 1342 del Código Civil italiano, el Comprador declara expresamente que ha leído, comprendido y aceptado las siguientes cláusulas de las Condiciones Específicas del Servicio Fleequid Care®: art. 2 (Objeto y naturaleza del Servicio) - Garantía comercial opcional y de naturaleza no aseguradora; exclusión de obligaciones adicionales de indemnización; exclusión de interpretaciones extensivas; prevalencia de las Condiciones Específicas; art. 3 (Componentes Cubiertos y Excluidos) - Carácter taxativo de los componentes cubiertos; amplia lista de componentes excluidos; exclusión de piezas o sistemas no indicados expresamente; anulación por intervenciones no autorizadas; art. 4 (Entrada en vigor, duración, condiciones de aplicación y tarifas) - No reembolso o prórroga en caso de no utilización; suspensión o cese anticipado; anulación automática en caso de transferencia del Vehículo; art. 5 (Límites máximos y modalidades de indemnización) - Determinación discrecional de la indemnización; pago parcial mediante un Voucher no canjeable; renuncia a reclamaciones; derecho de retención del Centro Autorizado y exención de responsabilidad; art. 6 (Obligaciones del Comprador) - Anulación en caso de incumplimiento de las obligaciones; prohibición de intervenciones no autorizadas; suspensión de la cobertura en caso de incumplimiento; anulación inmediata por manipulación de los sistemas electrónicos; art. 7 (Notificación de la Avería y apertura de la Reclamación) - Plazos perentorios y obligaciones formales; anulación por retraso o incumplimiento del procedimiento; art. 8 (Gestión de la Avería y reparaciones) - Facultad discrecional de Fleequid® para elegir el Centro Autorizado y las modalidades de intervención; exclusión de reembolsos por reparaciones o diagnósticos no autorizados; art. 9 (Exclusiones) - Exclusión de la cobertura por numerosas causas y componentes: desgaste, mantenimiento inadecuado, uso indebido, manipulación, fuerza mayor, defectos del fabricante, conducta fraudulenta, averías en componentes no cubiertos; art. 10 (Ámbito territorial) - Limitación territorial de la aplicabilidad; suspensión de la cobertura en caso de uso del Vehículo fuera del ámbito previsto; art. 11 (Limitaciones de la responsabilidad) - Exclusión y límites de la responsabilidad por daños indirectos, consecuentes, daños a terceros, indisponibilidad del Vehículo y fuerza mayor; exención de responsabilidad en caso de incumplimiento por parte del Comprador; obligaciones consideradas cumplidas con la realización de las reparaciones autorizadas y/o la emisión de los Vouchers; art. 12 (Reclamaciones y resolución de controversias) - Obligación de mediación; arbitraje ordinario en la Cámara Arbitral de Milán; renuncia a interponer recursos; jurisdicción exclusiva de Como para controversias residuales; art. 13 (Causas de fuerza mayor) - Exención de responsabilidad en caso de fuerza mayor; derecho de suspensión y rescisión sin indemnización adicional; art. 14 (Modificaciones unilaterales) - Derecho de Fleequid® de modificar unilateralmente las Condiciones Específicas con efecto inmediato según lo previsto; art. 15 (Comunicaciones) - Presunción de validez y recepción de las comunicaciones enviadas a las direcciones indicadas; limitación de la posibilidad de impugnar la recepción.