CONDICIONES ESPECÍFICAS SERVICIO DE GARANTÍA POWERTRAIN FLEEQUID®
1. Definiciones
Además de las definiciones que figuran en las «Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®» (las «Condiciones Generales»), que pueden consultarse en la sección correspondiente (https://fleequid.com/it/ terms-and-conditions), que regulan el marketplace Fleequid® y que se consideran aquí íntegramente referidas y transcritas, a efectos de las presentes Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain Fleequid® («CEG») se aplican las siguientes definiciones:
a) «Comprador»: persona que, al adquirir un Vehículo en el marketplace Fleequid®, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, solicita y obtiene la activación del Servicio de Garantía Powertrain. El Servicio no está destinado a consumidores en el sentido del Decreto Legislativo italiano 206/2005 (Código del Consumo).
b) «Carencia»: período inicial, a partir de la fecha de activación del Servicio de Garantía Powertrain, ya sea en el momento de la venta o posteriormente, durante el cual la Garantía no está en vigor y no cubre los daños que pueda sufrir el Vehículo.
c) «Centro Autorizado»: taller o centro de asistencia designado o previamente autorizado por Fleequid® para realizar las reparaciones e intervenciones cubiertas por el Servicio de Garantía Powertrain.
d) «Componentes Cubiertos»: componentes principales del motor y la transmisión del Vehículo cubiertos por la Garantía, según se detalla en las presentes CEG.
e) «Componentes Excluidos»: elementos, piezas y accesorios del Vehículo que no entran dentro de los Componentes Cubiertos y que, por lo tanto, quedan excluidos de la Garantía, tal y como se detalla en las presentes CEG.
f) «Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain» o «CEG»: las presentes Condiciones Específicas que rigen los términos y condiciones del Servicio de Garantía Powetrain (motor y transmisión) ofrecido por Fleequid®. La relación de prevalencia entre las presentes CEG, cualesquiera otras Condiciones Específicas y/o Condiciones Particulares de la Subasta y/o contratos individuales, y las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, se regirá por estas últimas.
g) «Fleequid»: tiene el significado que se le atribuye en las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, e incluye, a los efectos de las presentes CEG, a la sociedad Adorea S.r.l. o a cualquier otra entidad jurídica designada por esta como responsable de la prestación del Servicio de Garantía Powertrain.
h) «Perito Fiduciario»: técnico designado por Fleequid® para determinar las causas del fallo o avería y verificar las condiciones de aplicabilidad de la Garantía.
i) «Servicio de Garantía Powertrain»: garantía comercial opcional, de naturaleza no aseguradora, por la que Fleequid® asume directamente, a cambio de una tarifa, la obligación de dar cobertura a las averías y los fallos de funcionamiento de los principales componentes del motor y la transmisión del Vehículo adjudicado en el marketplace, dentro de los límites, las condiciones y las exclusiones que se establecen en las presentes CEG.
j) «Vehículo»: el Vehículo, tal y como se define en las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, para el que el Comprador ha solicitado y obtenido la activación del Servicio de Garantía Powertrain.
2. Objeto del Servicio.
2.1 Las presentes Condiciones Específicas regulan el Servicio de Garantía Powertrain ofrecido por Fleequid® a los Compradores que lo soliciten y hayan abonado debidamente la tarifa correspondiente.
2.2 El Servicio de Garantía Powertrain es una garantía comercial opcional y en ningún caso constituye un producto de seguro. El riesgo relativo a la prestación de la Garantía es asumido directamente por Fleequid®. Fleequid® no es una aseguradora ni un intermediario de seguros, y no está sujeta a la supervisión del IVASS ni a la normativa del Código de los Seguros Privados italiano.
2.3 La Garantía se aplicará exclusivamente a los Componentes Cubiertos del Vehículo, limitándose a las averías y fallos que se produzcan durante el período de validez del Servicio, y dentro de los límites, las condiciones y las exclusiones que se establecen en las presentes CEG.
2.4 En consecuencia, quedan excluidos de la Garantía todos los Componentes Excluidos, así como los casos y circunstancias que se indican en los artículos siguientes.
La relación entre las presentes CEG y las Condiciones Generales se regirá por el art. 3.3 de las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®: las presentes CEG prevalecerán sobre las Condiciones Generales en caso de conflicto, limitándose a la regulación del Servicio de Garantía Powertrain.
3. Componentes Cubiertos y Excluidos.
3.1 Componentes Cubiertos - El Servicio de Garantía Powertrain se aplica exclusivamente a los componentes mecánicos principales del motor y la transmisión del Vehículo, es decir:
· para el motor: bloque motor, culata, cigüeñal, pistones, bielas, válvulas, árboles de levas y otras piezas estrictamente funcionales para el funcionamiento del motor;
· para la transmisión: caja de cambios, engranajes, ejes, cojinetes, diferencial y otras piezas estrictamente funcionales para el funcionamiento de la transmisión manual o automática.
3.2 Componentes Excluidos - Quedan excluidos de la cobertura del Servicio de Garantía Powertrain, entre otros:
· las piezas sometidas a desgaste ordinario (por ejemplo, embrague, discos, correas, filtros, juntas, manguitos, tuberías, líquidos y consumibles);
· los sistemas eléctricos, electrónicos y accesorios no estrictamente funcionales para el motor o la transmisión (por ejemplo, alternador, motor de arranque, cableado, unidades de control que no formen parte del motor o la transmisión);
· los sistemas de escape y tratamiento de emisiones (por ejemplo, catalizadores, filtros de partículas, válvulas EGR, sistemas AdBlue, sondas lambda);
· los componentes externos al motor y la transmisión (por ejemplo, radiadores, bombas de agua, bombas auxiliares, compresores de aire acondicionado, soportes elásticos, volantes de inercia);
· todo el sistema de climatización y aire acondicionado del habitáculo, incluyendo, entre otros, el compresor de A/C, el condensador, el evaporador, los electroventiladores, los ventiladores, las tuberías y racores, los sensores, las válvulas de expansión y las unidades y módulos de control del aire acondicionado;
· los daños derivados de choques, accidentes, incendios, robos, catástrofes naturales, uso indebido o manipulación;
· los defectos ya presentes en el momento de la entrega del Vehículo o que hayan surgido antes de la fecha de activación del Servicio, incluidos los producidos durante el período de Carencia.
3.3 Principio taxativo - Al activar el Servicio de Garantía Powertrain, el Comprador acepta y reconoce que la cobertura se aplica exclusivamente a los Componentes Cubiertos enumerados anteriormente y que todo lo que no esté expresamente incluido se considerará excluido de la Garantía.
4. Entrada en vigor, duración y condiciones de aplicación.
4.1 El Servicio de Garantía Powertrain entrará en vigor en la fecha de entrega del Vehículo al Comprador, tal y como consta en los documentos de venta y transporte. Si el Servicio de Garantía Powertrain se adquiere con posterioridad a la venta del Vehículo, entrará en vigor en la fecha indicada por Fleequid® en la documentación contractual de activación del Servicio, siempre que:
(i) el Vehículo haya sido peritado de nuevo por Fleequid® o Fleequid® haya renunciado formalmente al peritaje;
(ii) el Comprador haya abonado íntegramente la tarifa correspondiente al Servicio.
4.2 El Comprador acepta y reconoce que el Servicio de Garantía Powertrain no cubre averías o fallos ya existentes o manifestados antes de la entrega del Vehículo, ni aquellos producidos antes de la fecha efectiva de entrada en vigor del Servicio o durante el período de Carencia.
4.3 El Servicio de Garantía Powertrain tiene una duración predeterminada, que el Comprador podrá elegir en el momento de la suscripción entre las siguientes opciones:
· tres (3) meses o quince mil (15.000) km,
· seis (6) meses o treinta mil (30.000) km,
· nueve (9) meses o cuarenta y cinco mil (45.000) km,
· doce (12) meses o sesenta mil (60.000) km.
El Servicio no se renueva tácitamente y finaliza al vencer el plazo seleccionado o al alcanzar el límite de kilometraje elegido, lo que ocurra primero.
4.4 El Servicio de Garantía Powertrain solo podrá activarse para Vehículos que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de entrada en vigor del Servicio (art. 4.1):
· antigüedad no superior a quince (15) años desde la primera matriculación;
· kilometraje y mantenimiento documentados de acuerdo con la siguiente tabla:
Categoría del Vehículo | Límite de kilometraje ordinario | Admisibilidad en caso de superación del límite |
Autobús de clase 1-2 | ≤ 500.000 km | Admisible si el motor y la transmisión han sido revisados durante los últimos 250.000 km (con documentación oficial) |
Autobús de clase 3 | ≤ 700.000 km | Admisible si el motor y la transmisión han sido revisados durante los últimos 250.000 km (con documentación oficial) |
Minibús de clase 1-A | ≤ 120.000 km | Admisible si el motor y la transmisión han sido revisados durante los últimos 100.000 km (con documentación oficial) |
Minibús de clase 2-3-B | ≤ 150.000 km | Admisible si el motor y la transmisión han sido revisados durante los últimos 100.000 km (con documentación oficial) |
Autobús escolar | ≤ 120.000 km | Admisible si el motor y la transmisión han sido revisados durante los últimos 100.000 km (con documentación oficial) |
Por el momento, el Servicio de Garantía Powertrain está reservado exclusivamente a autobuses y minibuses.
Fleequid® se reserva el derecho de ampliar, actualizar o modificar las categorías de Vehículos que pueden quedar cubiertas por la Garantía, indicándolo expresamente en la documentación precontractual o en anexos específicos de las presentes CEG, que se pondrán a disposición del Comprador en el momento de la suscripción.
4.5 En caso de venta o cesión del Vehículo a terceros, el Servicio de Garantía Powertrain quedará automáticamente anulado y sin derecho a reembolso. La potencial cesión de la Garantía al nuevo propietario solo será posible con la aprobación previa por escrito de Fleequid®, y estará sujeta al pago de las tarifas correspondientes por parte del Comprador original o posterior. En cualquier caso, el Servicio de Garantía Powertrain quedará anulado en caso de incumplimiento por parte del Comprador de las obligaciones previstas en las presentes CEG.
4.6 Si el Servicio de Garantía Powertrain se adquiere con posterioridad a la venta del Vehículo (art. 4.1, segundo punto), la cobertura solo se considerará efectiva tras un período de Carencia de treinta (30) días a partir de la fecha de entrada en vigor del Servicio, o transcurridos los primeros mil (1.000) kilómetros recorridos por el Vehículo después de dicha fecha, lo que ocurra más tarde. Durante el período de Carencia, no se cubrirá ningún fallo ni avería. Por el contrario, no se aplicará ningún período de Carencia si el Servicio se adquiere en el momento de la compra del Vehículo mediante el proceso de venta del marketplace Fleequid®, antes de la entrega del propio Vehículo.
5. Ámbito territorial.
5.1 El Servicio de Garantía Powertrain es válido y efectivo para los Vehículos utilizados y reparados en cualquier país, salvo limitación o exclusión expresa notificada por Fleequid® al Comprador a través de la documentación precontractual o contractual de activación del Servicio.
5.2 Cualquier intervención que se realice en el marco de la Garantía deberá llevarse a cabo en los Centros Autorizados designados o autorizados previamente por Fleequid®. Cualquier reparación que no se realice en uno de dichos Centros conllevará la pérdida del derecho a la cobertura, salvo aprobación previa por escrito de Fleequid®.
5.3 El Comprador acepta y reconoce que, en caso de que el Vehículo sea transferido o utilizado en países para los que Fleequid® haya establecido limitaciones específicas, el Servicio de Garantía Powertrain quedará inoperativo durante el tiempo de permanencia en dichos países.
6. Obligaciones del Comprador.
6.1 El Comprador está obligado a realizar, o a encargar que se realice, el mantenimiento ordinario y extraordinario del Vehículo de acuerdo con las indicaciones del fabricante y la normativa aplicable, conservando la documentación adecuada (facturas, libros de mantenimiento, recibos, etc.), que deberá presentar a petición de Fleequid®.
6.2 El Comprador deberá notificar a Fleequid® cualquier avería o fallo en un plazo máximo de cinco (5) días laborables desde que se produzca, enviando una solicitud de intervención en la forma especificada por Fleequid® y adjuntando la documentación necesaria (descripción de la avería, kilometraje, fotografías, copia del libro de mantenimiento, etc.).
6.3 El Comprador no podrá realizar ni encargar la realización de reparaciones o intervenciones en los Componentes Cubiertos sin el consentimiento previo por escrito de Fleequid®. Cualquier intervención no autorizada supondrá la pérdida del derecho a la cobertura para las averías correspondientes.
6.4 El Comprador deberá cooperar con el Perito Fiduciario designado por Fleequid® para realizar las comprobaciones necesarias y permitir el acceso al Vehículo.
6.5 El Comprador está obligado a utilizar el Vehículo de conformidad con el uso previsto, la normativa aplicable y las instrucciones del fabricante, absteniéndose de sobrecargarlo, manipularlo, utilizarlo indebidamente o incurrir en cualquier uso no compatible con la diligencia profesional normal (principio de uso razonable).
6.6 En caso de que se active algún testigo de advertencia o señal acústica o se aprecien anomalías evidentes o cualquier circunstancia que permita presumir razonablemente un daño inminente a los Componentes Cubiertos, el Comprador deberá dejar de utilizar inmediatamente el Vehículo y solicitará la intervención de Fleequid®. La continuación de la marcha en tales condiciones conllevará la pérdida de la cobertura de cualesquiera daños ulteriores o agravados derivados de dicha conducta.
6.7 El Comprador acepta y reconoce que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo dará lugar a la pérdida total o parcial del derecho a la cobertura proporcionada por el Servicio de Garantía Powertrain.
7. Notificación de siniestro.
7.1 El objeto de este procedimiento es permitir a Fleequid® gestionar de forma rápida y eficaz las averías y fallos cubiertos por el Servicio de Garantía Powertrain, evitando que los daños se agraven y garantizando que las intervenciones se realicen exclusivamente en los Centros Autorizados.
7.2 El Comprador está obligado a notificar a Fleequid® la avería o el fallo mediante una solicitud por escrito, enviada exclusivamente a través de los canales de comunicación indicados en el punto 7.3. La notificación deberá realizarse en un plazo máximo de cinco (5) días laborables a partir de la fecha en que se produzca la avería o el fallo. El incumplimiento de este plazo conlleva la pérdida automática del derecho a la cobertura del siniestro notificado.
7.3 La notificación de siniestro deberá enviarse exclusivamente a la siguiente dirección de correo electrónico: warranty@fleequid.com. Las comunicaciones enviadas a través de otros canales, incluso si se proporciona prueba de su recepción por parte de Fleequid® (por ejemplo, teléfono, mensajería instantánea, correo electrónico certificado - PEC, cartas ordinarias u otras direcciones de correo electrónico) no serán válidas y, por lo tanto, no tendrán efecto alguno en lo que respecta a la Garantía.
7.4 La notificación debe contener como mínimo:
· los datos identificativos del Comprador y del Vehículo (matrícula, chasis/VIN, km recorridos);
· la descripción de la avería o el fallo y la fecha en que se ha producido;
· el lugar donde se encuentra el Vehículo;
· documentación fotográfica (en su caso);
· copia de la documentación de mantenimiento y de las intervenciones anteriores (si se solicita).
7.5 Una vez recibida la notificación, Fleequid® procederá a la apertura el siniestro, designará a un Perito Fiduciario para las comprobaciones técnicas y, posteriormente, autorizará por escrito las posibles intervenciones en un Centro Autorizado. Cualquier intervención realizada sin la autorización previa por escrito de Fleequid® supondrá la pérdida del derecho a la cobertura.
8. Gestión del siniestro.
8.1 Una vez recibida la notificación de siniestro conforme al art. 7, Fleequid® abrirá el expediente y podrá, a su entera discreción, designar a un Perito Fiduciario para determinar las causas de la avería y verificar las condiciones de aplicabilidad del Servicio de Garantía Powertrain.
8.2 El Comprador está obligado a:
· poner el vehículo a disposición del Perito Fiduciario y permitirle efectuar todas las comprobaciones necesarias;
· abstenerse de realizar o de encargar que se realice, por iniciativa propia, cualquier investigación técnica, desmontaje o intervención que pueda imposibilitar o dificultar la determinación de las causas del daño.
El incumplimiento de estas obligaciones conlleva la pérdida automática del derecho a la cobertura del siniestro notificado.
8.3 Fleequid® comunicará al Comprador el resultado de la investigación en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la recepción del informe del Perito Fiduciario, en caso de que se haya designado, o de la finalización de la evaluación interna.
8.4 El resultado de la gestión del siniestro puede consistir en:
a) la autorización y realización de la reparación o sustitución de los Componentes Cubiertos en un Centro Autorizado, con los gastos a cargo de Fleequid® dentro de los límites de las presentes CEG;
b) como opción residual, si Fleequid® lo considera oportuno, la posibilidad de autorizar al Comprador a realizar la reparación en su propio centro de confianza, con el reembolso posterior de los gastos realmente incurridos y documentados, previa entrega a Fleequid® de las facturas originales, previa verificación de la conformidad con las presentes CEG y previa entrega de los justificantes de pago. El pago por parte de Fleequid® se efectuará en un plazo de treinta (30) días laborables tras el resultado positivo de la verificación;
c) la desestimación del siniestro si no se cumplen las condiciones necesarias para la aplicabilidad del Servicio de Garantía Powertrain.
8.5 Cualquier reparación está sujeta a la autorización previa por escrito de Fleequid®. A falta de dicha autorización, los gastos correrán íntegramente a cargo del Comprador.
9. Límites de la cobertura y la responsabilidad.
9.1 El Servicio de Garantía Powertrain tiene exclusivamente por objeto la reparación o sustitución de los Componentes Cubiertos, dentro de los límites, las condiciones y las modalidades establecidos en las presentes CEG. Fleequid® asume únicamente el riesgo económico derivado de la pérdida pecuniaria relacionada con la necesidad de reparar o sustituir dichos componentes, con exclusión de cualquier otra obligación de indemnización, reembolso o compensación.
9.2 En particular, se excluye expresamente cualquier responsabilidad de Fleequid® por:
· los daños directos o indirectos derivados de la avería o el fallo de los Componentes Cubiertos (incluyendo, entre otros, la inmovilización técnica, la imposibilidad de uso del Vehículo, la pérdida de ingresos o contratos y los daños a la imagen o a los clientes);
· los daños a personas, objetos o animales como consecuencia de la avería o reparación de los Componentes Cubiertos;
· los daños a componentes, sistemas o elementos que no estén expresamente incluidos en la cobertura, incluyendo todo el sistema de climatización y aire acondicionado del habitáculo (compresor de A/C, condensador, evaporador, tuberías, ventiladores, sensores, unidades de control y cualquier otro componente del A/C);
· las consecuencias de la suspensión, los retrasos, el mal funcionamiento o las interrupciones en la prestación del Servicio, a menos que sean atribuibles a dolo o negligencia grave por parte de Fleequid®.
9.3 El límite máximo de gasto aplicable a cada Vehículo quedará determinado y se notificará al Comprador en la documentación precontractual relativa al Servicio de Garantía Powertrain.
Este límite máximo se entenderá referido a la duración total del Servicio y no a cada avería o fallo individual, salvo que se indique expresamente lo contrario en la documentación precontractual. En cualquier caso, la obligación total de Fleequid® nunca podrá superar, para cada Vehículo, el menor de los siguientes importes: veinticinco mil euros (25.000,00 €) más IVA o el valor residual del Vehículo en el momento del siniestro, determinado según los criterios actuales del mercado.
9.4 Si, para la reparación o sustitución de un Componente Cubierto, fuera necesario intervenir también en componentes o piezas no cubiertos por la Garantía, los costes correspondientes correrán íntegramente a cargo del Comprador. En tales casos, Fleequid® podrá poner directamente a disposición del Centro Autorizado el importe relativo a su intervención sobre los Componentes Cubiertos, mientras que la parte de los costes no cubierta por la Garantía será abonada directamente por el Comprador al Centro Autorizado. El Centro Autorizado queda expresamente facultado para ejercer el derecho de retención del Vehículo hasta el pago íntegro de las cantidades que correspondan al Comprador. A falta de aceptación del presupuesto dentro del plazo de validez, Fleequid® tendrá derecho a suspender el proceso hasta que el Comprador tome una nueva decisión.
9.5 El Comprador acepta y reconoce que, en la medida en que lo permita la ley, Fleequid® queda eximido de cualquier responsabilidad por posibles retrasos, disfunciones u omisiones en la tramitación de la solicitud de activación de la garantía, salvo que los mismos se deban a dolo o negligencia grave por parte de Fleequid®. En particular, quedan excluidos:
· las consecuencias derivadas de un posible retraso en la presentación de la notificación de siniestro por parte del Comprador, si este no la presenta en el plazo establecido;
· los daños derivados de retrasos en la investigación, el peritaje o la decisión sobre la cobertura;
· cualquier reclamación de indemnización adicional con respecto a la ejecución del Servicio de Garantía dentro de los límites previstos en las presentes CEG.
9.6 Ninguna comunicación, aceptación del siniestro o actividad de investigación por parte de Fleequid® podrá interpretarse como un reconocimiento, ni siquiera implícito, del derecho a la cobertura, que queda supeditado al resultado positivo del procedimiento establecido en las presentes CEG.
10. Prestaciones, reparaciones y limitaciones operativas.
10.1 El Servicio de Garantía Powertrain es exclusivamente aplicable a los Componentes Cubiertos y no cubre en ningún caso, a título indicativo pero no exhaustivo:
· el remolque o la asistencia en carretera del Vehículo;
· el suministro de vehículos de sustitución o servicios de movilidad alternativos;
· los gastos de alojamiento, manutención o logística del Comprador o de los conductores;
· los consumibles, líquidos, filtros y lubricantes, a menos que sean necesarios y estén directamente relacionados con una intervención autorizada sobre los Componentes Cubiertos;
· las actividades de diagnóstico, inspección o prevención no autorizadas previamente por Fleequid®;
· cualquier intervención, reparación, sustitución o diagnóstico relativo a componentes, sistemas o elementos no incluidos entre los Componentes Cubiertos, incluyendo expresamente todo el sistema de climatización y aire acondicionado del habitáculo (compresor de A/C, condensador, evaporador, ventiladores, tuberías, sensores, unidades de control y cualquier otro componente del A/C).
10.2 Las intervenciones autorizadas en virtud de las presentes CEG se realizarán con piezas de recambio originales o equivalentes, es decir, con piezas de recambio reacondicionadas de calidad equivalente, a discreción de Fleequid®. La mano de obra se calculará en función del tiempo de trabajo y de las tarifas de referencia validadas por Fleequid®. Quedan expresamente excluidas las mejoras, actualizaciones o modificaciones técnicas del Vehículo que no sean estrictamente necesarias para la reparación de los Componentes Cubiertos.
10.3 Todos los componentes sustituidos en el marco del Servicio de Garantía Powertrain pasarán a ser propiedad de Fleequid®, que podrá disponer libremente de ellos, incluso con fines de peritaje técnico, reacondicionamiento o eliminación.
10.4 Cualquier comportamiento fraudulento, falsificación de documentos, manipulación del cuentakilómetros o de las unidades de control electrónico del Vehículo supondrá la anulación inmediata del Servicio de Garantía Powertrain, sin perjuicio del derecho de Fleequid® a emprender acciones para obtener una indemnización por daños y perjuicios adicionales.
10.5 El Comprador está obligado a permitir a Fleequid® o al Perito Fiduciario el acceso al Vehículo, a los datos de a bordo (incluidos los sistemas de ODB y telemáticos) y a la documentación de mantenimiento, con el fin de realizar las comprobaciones técnicas necesarias. La falta de cooperación conlleva la pérdida del derecho a la cobertura.
10.6 El Comprador acepta y reconoce que Fleequid® no ofrece ninguna garantía, expresa o implícita, en cuanto a la calidad, la durabilidad o el éxito de las reparaciones y sustituciones realizadas, ya sea en Centros Autorizados designados o aprobados por Fleequid®, o en talleres o centros de asistencia elegidos por el Comprador y, en cualquier caso, autorizados por Fleequid®. Cualquier garantía relacionada con los componentes instalados y los trabajos realizados deberá solicitarse directamente al taller que ha realizado la intervención. En la medida en que lo permita la ley, el Comprador libera y exime a Fleequid® de la responsabilidad por toda reclamación, acción o pretensión por daños y perjuicios relacionada con dichos componentes o intervenciones.
11. Reclamaciones y controversias.
11.1 En lo que respecta a las reclamaciones relacionadas con el Servicio de Garantía Powertrain, el Comprador deberá seguir íntegramente el procedimiento previsto en el art. 13 de las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, que pueden consultarse en la web www.fleequid.com. Queda entendido que la regulación en materia de reclamaciones recogida en las Condiciones Generales es distinta e independiente respecto a la notificación de siniestro establecida en el art. 7 de las presentes CEG.
11.2 Fleequid® gestionará las reclamaciones según los procedimientos y en los plazos previstos en las Condiciones Generales, comunicando el resultado de la investigación de la forma establecida en las mismas. En caso de que se admita la reclamación, Fleequid® aplicará las medidas contractuales previstas en las presentes CEG y en las Condiciones Generales, dentro de los límites de las presentes CEG y de la normativa aplicable.
11.3 Antes de emprender cualquier acción judicial o arbitral, las partes se comprometen de buena fe a intentar resolver la controversia de forma amistosa, recurriendo también a los instrumentos de conciliación facilitados por la plataforma de Fleequid® o a otras herramientas de negociación informales.
11.4 Si dicho intento no da resultado en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación por escrito de la controversia, las partes se comprometen a hacer un intento de mediación ante el Organismo de Mediación de la Cámara de Comercio de Como, de conformidad con el Decreto Legislativo italiano n.º 28/2010. La mediación deberá iniciarse dentro el plazo mencionado y concluir en un plazo de sesenta (60) días a partir del inicio del procedimiento, salvo prórroga legal.
11.5 Si la mediación no concluyera con un acuerdo en un plazo de sesenta (60) días desde el inicio del procedimiento, la controversia se resolverá definitivamente mediante arbitraje ordinario, de conformidad con el Reglamento de la Cámara Arbitral de Milán, por un árbitro único designado de conformidad con el mismo Reglamento. La sede del arbitraje será Milán, el idioma será el italiano y la legislación aplicable será la establecida en las presentes CEG.
11.6 Todo ello sin perjuicio del derecho de cada parte de acudir al tribunal competente para solicitar medidas cautelares o de urgencia, incluso antes o durante el procedimiento de arbitraje, sin que ello constituya una renuncia a la cláusula arbitral.
11.7 Para todo lo que no esté expresamente regulado en el presente artículo, se remite íntegramente a los procedimientos, plazos y modalidades establecidos en las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®.
12. Causas de fuerza mayor.
12.1 A los efectos de las presentes Condiciones Específicas, se considerará causa de fuerza mayor cualquier acontecimiento, circunstancia, hecho, acto, omisión o situación, con independencia de su previsibilidad, que escape al control razonable de la parte que se acoja a la misma y que impida, obstaculice, limite o retrase, total o parcialmente, el cumplimiento de las obligaciones contractuales relativas al Servicio de Garantía Powertrain. A título indicativo, pero no exhaustivo, se consideran casos de fuerza mayor los siguientes: catástrofes naturales de cualquier tipo, fenómenos meteorológicos excepcionales, incendios, explosiones, inundaciones, terremotos; epidemias, pandemias, medidas de contención sanitaria; guerras (declaradas o no), invasiones, actos de terrorismo, disturbios, revueltas; huelgas, cierres patronales u otros disturbios sindicales, aunque no afecten directamente al personal de la parte; embargos, bloqueos, restricciones o medidas de cualquier autoridad pública; indisponibilidad de infraestructuras, energía, combustibles, materias primas o piezas de recambio; interrupciones de servicios esenciales (incluidos los servicios informáticos, de comunicación o de red); ciberataques o fallos tecnológicos; apagones o crisis energéticas; crisis financieras sistémicas o cambios normativos o reglamentarios que afecten directamente a la prestación del Servicio; indisponibilidad de los Centros Autorizados o paralizaciones de producción de los fabricantes que imposibiliten la obtención o instalación de los componentes necesarios.
12.2 En caso de producirse una causa de fuerza mayor, se suspenderán las obligaciones de la parte afectada mientras dure el incidente y durante el tiempo estrictamente necesario hasta su conclusión. En tales casos, no se podrá imputar responsabilidad, indemnización o penalización alguna a la parte que sufra la causa de fuerza mayor.
12.3 La parte que desee acogerse a la cláusula de fuerza mayor lo notificará sin demora por escrito a la otra parte, especificando la naturaleza del incidente, su duración prevista y las consecuencias previsibles para la ejecución del contrato.
12.4 En caso de que la causa de fuerza mayor se prolongue durante un período superior a treinta (30) días consecutivos, cada parte tendrá derecho a rescindir el contrato, sin obligación de pagar indemnización alguna, mediante notificación por escrito a la otra parte.
12.5 Las partes se comprometen a colaborar de buena fe para adoptar todas las medidas razonables destinadas a mitigar los efectos de la causa de fuerza mayor y a reanudar el cumplimiento de las obligaciones contractuales lo antes posible.
13. Modificaciones unilaterales de las Condiciones Específicas.
Las presentes Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain se consideran íntegramente sujetas, en lo que respecta a las modalidades de modificación, a lo dispuesto en el artículo 3) de las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid®, que los usuarios pueden consultar libremente en la página web oficial www.fleequid.com. En particular, Fleequid® se reserva el derecho de modificarlas unilateralmente, de la misma manera, con los mismos límites, formas de notificación y medios de comunicación establecidos en las Condiciones Generales. Dichas modificaciones entrarán en vigor una vez transcurrido el plazo indicado en la notificación, a menos que el usuario haya aceptado expresamente con anterioridad o haya ejercido, dentro del plazo establecido, su derecho de desistimiento. Queda entendido que, salvo excepción expresa por escrito, las versiones anteriores de las presentes Condiciones Específicas seguirán aplicándose exclusivamente a las relaciones ya iniciadas en la fecha de la modificación, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales. El uso del Servicio de Garantía Powertrain tras la modificación constituirá la aceptación tácita de las Condiciones Específicas tal y como han sido modificadas.
14. Idioma, legislación y jurisdicción aplicables.
14.1 Las presentes Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain, junto con las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid® y todas las disposiciones contractuales relacionadas, se rigen exclusivamente por la legislación italiana. Cualquier norma internacional o convenio aplicable se añadirá solo en la medida en que no entre en conflicto con la legislación italiana.
14.2 Para cualquier controversia relacionada con la validez, interpretación, ejecución o resolución de las presentes CEG, de las Condiciones Generales o de cualquier otro instrumento jurídico relacionado, se aplicará el procedimiento de reclamación, negociación, mediación y arbitraje previsto en el art. 11 de las presentes CEG. Queda, por lo tanto, expresamente excluida la competencia de los tribunales ordinarios, salvo para la adopción de medidas cautelares o de urgencia dentro de los límites establecidos en el art. 11.6. En el último caso mencionado, el Tribunal de Como tendrá competencia exclusiva, con exclusión expresa de cualquier otro tribunal equivalente o alternativo, salvo que las partes acuerden lo contrario por escrito.
14.3 El idioma oficial de las presentes Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain y de la relación contractual asociada es el italiano. En caso de que las presentes Condiciones Específicas se traduzcan a otros idiomas, prevalecerá la versión en italiano, que se considerará la única vinculante a efectos de la interpretación y aplicación del contrato.
15. Comunicaciones.
15.1 Salvo que se disponga lo contrario en las presentes CEG, todas las comunicaciones entre Fleequid® y el Comprador se realizarán por escrito y se enviarán por correo certificado con acuse de recibo, servicio de mensajería urgente o correo electrónico a las siguientes direcciones oficiales de Fleequid®:
Adorea S.r.l.
Via Provinciale per Bizzarone, 43
22077 Olgiate Comasco (CO),
CIF y n.º de IVA 04114790134
Tel. +390287176063
correo electrónico info@fleequid.com
15.2 Las comunicaciones se considerarán válidas y vinculantes en el momento de la entrega si se envían por correo certificado con acuse de recibo, en el momento de la entrega al transportista si se envían por servicio de mensajería urgente, o en el momento del acuse de recibo si se envían por correo electrónico a Fleequid®.
15.3 Las comunicaciones de Fleequid® serán remitidas a las direcciones, incluidas las direcciones de correo electrónico ordinario, indicadas por el Comprador durante el registro en el marketplace de Fleequid® o actualizadas posteriormente, y se considerarán conocidas y recibidas por el destinatario en el momento del envío por parte de Fleequid®.
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De conformidad y a los efectos de los artículos 1341 y 1342 del Código Civil italiano, el Comprador declara expresamente que ha leído, comprendido y aceptado las siguientes cláusulas de las Condiciones Específicas del Servicio de Garantía Powertrain: art. 2.4 (exclusiones generales de la cobertura para casos/circunstancias posteriormente indicados); art. 3.2 (lista de exclusiones objetivas); art. 3.3 (principio taxativo); art. 4.2 (exclusiones de la cobertura para averías o fallos preexistentes, producidos antes de la entrada en vigor de la cobertura o durante el período de carencia); art. 4.3 (duración predeterminada, ausencia de renovación tácita y finalización automática al alcanzar los límites); art. 4.4 (límites de antigüedad y kilometraje, mantenimiento documentado y derecho unilateral de Fleequid® a modificar las categorías de vehículos admisibles); art. 4.5 (anulación automática en caso de venta o cesión del Vehículo y subordinación de la cesión de la Garantía a la aprobación por escrito de Fleequid®); art. 4.6 (carencia inicial y suspensión de la cobertura); art. 5.1 (exclusiones territoriales durante la fase precontractual); arts. 5.2 y 5.3 (pérdida del derecho a la cobertura e inoperatividad en países sujetos a limitaciones notificadas); arts. 6.2, 6.3, 6.6 y 6.7 (obligaciones del Comprador); arts. 7.2 y 7.3 (notificación de siniestro e incumplimiento del plazo); arts. 8.1, 8.2, 8.4 y 8.5 (gestión del siniestro, exclusiones, gastos); arts. 9.1 y 9.2 (límites de la responsabilidad); art. 9.3 (límite máximo y valor residual); art. 9.4 (reparaciones adicionales y derecho de retención); art. 9.5 (exención de responsabilidad); art. 9.6 (exclusión del reconocimiento del derecho a la cobertura); art. 10 (prestaciones, reparaciones, exclusiones y limitaciones operativas); art. 11 (reclamaciones y controversias, mediación, arbitraje); art. 12 (fuerza mayor); art. 13 (modificaciones unilaterales); art. 14.2 (legislación aplicable, exclusión de la jurisdicción ordinaria, salvo para la adopción de medidas cautelares, tribunal competente).