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CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA «1 EURO AUCTIONS»

Preámbulo

Las presentes Condiciones Particulares de la Subasta regulan la categoría de Subastas denominada «1 Euro Auctions», organizadas por Fleequid en el ámbito del Marketplace como una modalidad particular, especial y de carácter derogatorio de venta de Vehículos.

Se adoptan en virtud y a los efectos del art. 3.3 de las Condiciones Generales del Marketplace Fleequid («CG») y constituyen Condiciones Particulares de la Subasta, con la consiguiente prevalencia sobre las CG en caso de incompatibilidad y dentro de los límites de las materias expresamente reguladas en el presente documento.

Las presentes Condiciones Particulares se aplican exclusivamente cuando una Subasta sea expresamente calificada como «1 Euro Auction» en la ficha correspondiente publicada en el Marketplace, incluso mediante una simple indicación o etiquetado de la misma, con independencia de la presencia de una remisión textual íntegra o de un contenido descriptivo específico. Dicha calificación conlleva la aplicación automática de las presentes condiciones a la correspondiente relación contractual, en virtud del registro y del uso del Marketplace por parte de los Usuarios, sin necesidad de una ulterior aceptación, permaneciendo inalteradas las CG ya aprobadas por los Usuarios.

La publicación de una Propuesta de Venta en el ámbito de una Subasta calificada como «1 Euro Auction», así como la participación en la misma por parte de los Oferentes, constituye aceptación expresa, plena y vinculante de las presentes Condiciones Particulares.

Para todo aquello que no esté expresamente previsto en el presente documento, permanecen íntegramente aplicables las CG, las eventuales Condiciones específicas y el Tarifario Fleequid, en cuanto sean compatibles con la naturaleza de las «1 Euro Auctions», según la jerarquía establecida por el art. 3.3 de las CG.

Los términos con inicial mayúscula no definidos en el presente documento tienen el significado que se les atribuye en las CG, salvo lo dispuesto de manera distinta en el presente documento.

 

1.         Naturaleza y estructura de las «1 Euro Auctions».

1.1     Las «1 Euro Auctions» constituyen una categoría particular de Subasta organizada por Fleequid en el ámbito del Marketplace, caracterizada por modalidades específicas de determinación del precio y por una estructura de comisiones distinta respecto a las Subastas ordinarias reguladas por las Condiciones Generales («CG»).

1.2     Las 1 Euro Auctions se distinguen por un precio inicial de partida igual a un Euro (1 €) y no prevén la aplicación de un Precio de Reserva en virtud de las CG.

1.3     En las 1 Euro Auctions no se aplica el mecanismo ordinario de determinación del Precio de Reserva (PR) basado en el Precio mínimo de compromiso de venta (PMIV). No obstante, el PMIV sigue constituyendo el valor económico mínimo de referencia del Vendedor en virtud de las Condiciones Generales, pero no se utiliza a efectos de la determinación de un Precio de Reserva en el ámbito de las 1 Euro Auctions, permaneciendo la protección económica del Vendedor regulada según las modalidades específicamente previstas en las presentes Condiciones Particulares.

1.4     Las presentes Condiciones Particulares se aplican exclusivamente cuando la Subasta sea expresamente calificada como «1 Euro Auction» en la ficha correspondiente publicada en el Marketplace.

1.5     En ausencia de calificación expresa de la Subasta como «1 Euro Auction» en el Marketplace, siguen aplicándose íntegramente las reglas ordinarias de las CG relativas a las Subastas.

 

2.         Reglas de adjudicación y de formación del Contrato.

2.1     En las 1 Euro Auctions, la Adjudicación se produce en favor del Oferente que haya formulado la Puja Máxima al término de la Subasta, según las modalidades previstas por las Condiciones Generales («CG»), siempre que se haya presentado al menos una Oferta válida en el curso del procedimiento. Queda expresamente entendido que, en las 1 Euro Auctions, la Adjudicación es válida y eficaz con independencia del importe de la Puja final, incluso cuando esta sea igual a un Euro (uno) o sea, en cualquier caso, de un importe simbólico o significativamente inferior al valor estimado del Vehículo.

2.2     A efectos de las presentes Condiciones Particulares, por «Oferta válida» se entiende una Oferta conforme a las CG, regularmente registrada en el Marketplace y no anulada por infracción de las mismas o por razones técnicas debidamente constatadas por Fleequid en virtud de las CG.

2.3     En presencia de al menos una Oferta válida, la Adjudicación conlleva la conclusión del Contrato según la disciplina general prevista por las CG, sin perjuicio de lo específicamente previsto en las presentes Condiciones Particulares. El Oferente adjudicatario y el Vendedor reconocen y aceptan que el mecanismo competitivo de la Subasta constituye un elemento esencial para la determinación del precio, con la consiguiente exclusión, dentro de los límites permitidos por la ley, de impugnaciones relativas a la idoneidad, adecuación o proporcionalidad del precio de adjudicación.

2.4     En el caso de que, al término de la 1 Euro Auction, no se haya recibido ninguna Oferta válida, la Subasta se entenderá desierta y no se perfeccionará Adjudicación alguna en virtud de las CG; en consecuencia, no surgirá a cargo de Fleequid, del Vendedor o de terceros obligación alguna de adquisición del Vehículo.

2.5     En caso de Subasta desierta, el Vendedor toma conocimiento de que el Vehículo podrá ser puesto nuevamente a la venta según las modalidades determinadas por Fleequid, incluso mediante una nueva Subasta u otro procedimiento disponible en el Marketplace.

 

3.         Garantía económica en favor del Vendedor en las 1 Euro Auctions.

3.1     En el ámbito de las 1 Euro Auctions, y en derogación del mecanismo del Precio de Reserva (PR) previsto por las Condiciones Generales, Fleequid garantiza al Vendedor, en presencia de al menos una Oferta válida, un ingreso neto no inferior al Precio mínimo de compromiso de venta (PMIV) indicado para el Vehículo en virtud de las CG.

3.2     En el caso de que el precio de adjudicación resultante al término de la 1 Euro Auction sea inferior al PMIV, Fleequid se compromete a abonar al Vendedor la diferencia necesaria para que el ingreso neto correspondiente al Vendedor, determinado según las modalidades previstas por las CG y por el Tarifario aplicable, resulte igual al PMIV. En cambio, en el caso de que el precio de adjudicación sea igual o superior al PMIV, al Vendedor le corresponderá íntegramente el correspondiente mayor ingreso, según la disciplina ordinaria de las CG. La eventual integración económica tiene naturaleza meramente compensatoria y no constituye, en modo alguno, una adquisición directa o indirecta del Vehículo por parte de Fleequid.

3.3     La garantía a la que se refieren los apartados anteriores opera exclusivamente cuando, en el curso de la 1 Euro Auction, se haya presentado al menos una Oferta válida en virtud del art. 2.2 de las presentes Condiciones Particulares.

3.4     En ausencia de Ofertas válidas y, en consecuencia, en caso de Subasta desierta, no se perfeccionará Adjudicación alguna en virtud de las CG y no surgirá a cargo de Fleequid obligación alguna de adquisición del Vehículo ni obligación alguna de integración económica en favor del Vendedor.

3.5     El abono de la eventual integración económica hasta el PMIV está supeditado a la regular conclusión del Contrato y al íntegro y definitivo cumplimiento de las obligaciones de pago por parte del Comprador, según lo previsto por las CG. Asimismo, queda entendido que el Vendedor deberá haber cumplido íntegramente y sin reservas todas las obligaciones previstas por las CG y por las presentes Condiciones Particulares, incluidas, a título ejemplificativo, las obligaciones relativas a la conformidad del Vehículo, a la integridad y veracidad de la información facilitada y a la correcta ejecución de la entrega.

3.6     La garantía a la que se refiere el presente artículo constituye un compromiso contractual interno, accesorio y condicionado, limitado a la Subasta individual calificada como 1 Euro Auction, y no integra promesa al público, ni actividad aseguradora, ni constituye un compromiso general o permanente de adquisición por parte de Fleequid. En todo caso, el desembolso de la eventual integración económica solo podrá producirse con posterioridad a la definición de la relación con el Comprador, incluida la verificación del efectivo cobro de las sumas debidas o del resultado de los procedimientos de gestión del incumplimiento previstos por las CG.

3.7     La garantía a la que se refiere el presente artículo constituye una garantía comercial interna limitada a la Subasta individual calificada como 1 Euro Auction y no integra actividad aseguradora, ni constituye un compromiso general o permanente de adquisición por parte de Fleequid. La garantía no es cedible ni transferible y opera exclusivamente frente al Vendedor originario que ha aportado el Vehículo a la venta.

3.8     Permanece inalterada la facultad de Fleequid de suspender, anular o declarar no válida la Subasta en los casos previstos por las CG; en tales supuestos no se aplicará la garantía a la que se refiere el presente artículo. La garantía tampoco se aplicará en caso de comportamientos abusivos, fraudulentos o no conformes a las CG por parte del Vendedor o de sujetos a él vinculados, incluida, a título ejemplificativo, la participación directa o indirecta en la Subasta con el fin de influir en su resultado.

 

4.         Estructura de comisiones.

4.1     A las 1 Euro Auctions se aplica, con carácter general, la estructura de comisiones ordinaria prevista por el Tarifario Fleequid, en la versión vigente y publicada en cada momento en el Marketplace.

4.2     No obstante, permanece expresamente reservada la facultad de Fleequid de prever, para 1 Euro Auctions específicas, una estructura de comisiones distinta, que podrá indicarse en cada momento en la correspondiente página de Subasta, en el Tarifario específico o en otra documentación contractual puesta a disposición en el Marketplace.

4.3     En tales casos, la estructura de comisiones específica así indicada prevalecerá sobre la ordinaria limitadamente a la Subasta individual a la que se refiera.

4.4     Al Comprador se le aplican las comisiones previstas en virtud de los apartados que anteceden, incluida, cuando esté prevista, la comisión fija («flat buyer fee») y/o la comisión porcentual sobre el precio de adjudicación.

4.5     Las Comisiones eventualmente debidas por el Vendedor permanecen reguladas por el Tarifario aplicable a la Subasta específica.

4.6     Las Comisiones se devengan por efecto de la Adjudicación y permanecen sujetas a la disciplina general de las Condiciones Generales en materia de pago, facturación e incumplimiento, salvo lo dispuesto de manera distinta en las presentes Condiciones Particulares.

 

5.         Fianza y obligaciones de pago.

5.1     Salvo indicación distinta en la ficha de la Subasta, a las 1 Euro Auctions se aplican íntegramente las disposiciones de las Condiciones Generales en materia de Fianza, modalidades de pago del precio de adjudicación y plazos de cumplimiento del Comprador.

5.2     El Comprador adjudicatario está obligado al pago del precio de adjudicación y de las Comisiones debidas en los plazos y con las modalidades previstas por las CG, así como por el Tarifario aplicable a la 1 Euro Auction específica.

5.3     En caso de falta de pago o de pago tardío por parte del Comprador, se aplican las disposiciones de las CG en materia de incumplimiento, resolución, penalizaciones, eventual incautación de la Fianza y resarcimiento del daño.

5.4     En el caso de las 1 Euro Auctions, la eventual integración económica en favor del Vendedor es debida por Fleequid exclusivamente dentro de los límites y en las condiciones previstas por el art. 3 de las presentes Condiciones Particulares. Queda entendido que dicha integración está supeditada al íntegro cumplimiento de las condiciones allí previstas, incluidas la regular conclusión del Contrato y el efectivo cobro de las sumas debidas por el Comprador, salvo lo establecido de manera distinta en las presentes Condiciones Particulares.

5.5     Permanece inalterada la facultad de Fleequid, en los casos de incumplimiento del Comprador, de adoptar las medidas previstas por las CG, incluida la facultad de volver a poner a la venta el Vehículo mediante una nueva Subasta u otro procedimiento disponible en el Marketplace.

 

6.         Coordinación, suspensión y disposiciones finales.

6.1     Fleequid se reserva la facultad de suspender, prorrogar, anular o declarar no válida una 1 Euro Auction en presencia de motivos justificados, en los casos y en las condiciones previstas por las Condiciones Generales, incluidos los fallos técnicos del Marketplace, los comportamientos irregulares de los Usuarios o las exigencias organizativas debidamente motivadas.

6.2     En los casos de suspensión o anulación de la Subasta en virtud del apartado anterior, no se aplicarán las disposiciones relativas a la Adjudicación y la garantía económica a la que se refiere el art. 3 no se devengará ni será debida, salvo en el caso en que la anulación sea imputable a dolo o culpa grave de Fleequid, sin perjuicio de lo previsto por las Condiciones Generales en materia de responsabilidad de Fleequid.

6.3     Las presentes Condiciones Particulares se aplican exclusivamente a las Subastas expresamente calificadas como «1 Euro Auction» en el Marketplace y no inciden en la disciplina de las Subastas ordinarias, que permanecen íntegramente reguladas por las Condiciones Generales.

6.4     Para todo aquello que no esté expresamente regulado en las presentes Condiciones Particulares, permanecen íntegramente aplicables las Condiciones Generales, las eventuales Condiciones específicas y el Tarifario Fleequid, según la jerarquía establecida por el art. 3.3 de las CG.

6.5     Fleequid se reserva la facultad de modificar o actualizar las presentes Condiciones Particulares; tales modificaciones se aplicarán exclusivamente a las 1 Euro Auctions publicadas con posterioridad a su entrada en vigor.